Valores máximos admisibles

Comercios e industrias deben dar tratamiento previo a sus desagües o serán sancionados

 

La nueva norma que establece los Valores Máximos Admisibles (VMA), que son los estándares físicos y químicos que las aguas residuales deben tener antes de ser vertidas en el sistema de alcantarillado.

EMAPA SAN MARTIN S.A. exhorta a las industrias y comercios, que generan y vierten aguas residuales no domésticas a la red de alcantarillado, a cumplir con la implementación de un sistema de tratamiento de aguas residuales como lo señala la norma de los VMA evitando el deterioro de la infraestructura pública de alcantarillado, daño a la salud pública y la contaminación del ambiente.

La norma que debe ser aplicada en todo el territorio peruano a partir del 5 de setiembre, establece que el monitoreo de calidad de aguas residuales "no domésticas" que descargan a los sistemas de alcantarillado sanitario, estará a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento. Para el caso de Lima Metropolitana y el Callao, la fiscalización estará a cargo de SEDAPAL.

Impacto en el ambiente y la salud

La presencia de sustancias nocivas por encima de los VMA en las aguas residuales que descargan a las redes de alcantarillado, pone en peligro la salud pública y causa impactos negativos en el ambiente; puesto que podrían generar gases tóxicos, aniegos por desagües e la vía pública por incremento de atoros y colapso de la red, o no ser eliminadas a través de las plantas de tratamiento de aguas residuales y llegar al mar o al río afectando el ecosistema.

Afectación en la infraestructura de alcantarillado

Las malas prácticas de uso del alcantarillado sanitario y el no cumplimiento de los VMA causan además perjuicios económicos a la empresa, deterioran las redes de alcantarillado y estaciones de bombeo, generan atoros y colapsos de tubería, incrementan los costos operativos en las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales, y le restan vida útil entre otros.

Sanción para infractores

Las industrias y comercios, cuyas aguas residuales incumplan los Valores Máximos Admisibles, estarán sujetas a un incremento de en las tarifas por el servicio de alcantarillado en forma proporcional a la concentración del contaminante en que excedan. En otros casos la sanción que establece la norma es la suspensión del servicio de alcantarillado.

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